Dice el Código Civil que:
Las cosas incorporales son aquellas que no se manifiestan a los sentidos y cuya existencia sólo se concibe por el entendimiento.
Asi las cosas, quien entendimiento no tenga,
no puede percibir las cosas incorporales,
aunque quizás si pueda percibirlo
a nivel inconciente o de espíritu.
sábado, 26 de enero de 2008
sábado, 29 de diciembre de 2007
El Código
Eres el pliego en dónde se plasman las normas de conducta aceptada por la sociedad, mas bien aceptadas por unos y unas personas jurídicas que velan por los intereses y las verdades de quienes tienen el poder de pintar el pliego, según sus conceptos e ideas.
¿Y qué le resta al resto?
Someterse a quien dispone y pinta las normas,
las reglas del juego, y de la obra o teatro de la vida.
Que tal si nos hacemos de dicha obra de arte, la leemos, la tratamos de aprender,
¿para obedecerla?
o para conocer los intereses y las verdades de los poderosos.
Dicho pliego tiene un título, le llaman El Código.
¿Y qué le resta al resto?
Someterse a quien dispone y pinta las normas,
las reglas del juego, y de la obra o teatro de la vida.
Que tal si nos hacemos de dicha obra de arte, la leemos, la tratamos de aprender,
¿para obedecerla?
o para conocer los intereses y las verdades de los poderosos.
Dicho pliego tiene un título, le llaman El Código.
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